Si lleva su Contabilidad de forma física su empresa esta obligada a empastar sus Libros Contables que se encuentran en hojas sueltas ( Libros Diario, Mayor, Caja y Bancos, Libro Diario Simplificado, Kardex, Inventarios y Balances, Registro de Compras, Registro de Ventas, Activos Fijos y demás), el no cumplimiento de esta disposición lo hace acreedor de una multa Tributaria, el plazo que indica la Norma para realizar el Empaste de Libros Contables es hasta el 30 de Abril del siguiente ejercicio, es decir si se encuentra en el mes de Abril del año 2020 tiene que ya haber empastado sus libros del año 2019 para no hacerse acreedor a multas.